Nuevo ‘Hoy no Circula’, vigente desde el lunes 15 de febrero

Con el objetivo de regular la circulación vehicular, mejorar el ordenamiento del tránsito en la ciudad y tomar medidas de protección y bioseguridad para reducir los niveles de contagio de Covid-19, el Municipio de Quito, a través de la Secretaría de Movilidad, emitió la Resolución No. SM-2021-021 y su respectivo instructivo.

Esta resolución entró en vigencia este lunes 15 de febrero y contiene el instructivo para la implementación del Plan de Restricción y Regularización de Circulación Vehicular denominado ‘Hoy no Circula’, que regirá hasta el miércoles 31 de marzo de 2021.

Guillermo Abad, secretario de Movilidad, indicó que los salvoconductos se emitirán para personas naturales, quienes deben realizar nuevamente el trámite en vista de que se ha detectado que se hacía mal uso de los salvoconductos o tenían varios con un mismo RUC, ahora se entregará máximo dos salvoconductos por cada persona natural.

 

 

Nuevo ‘Hoy No Circula’

 

 

Explicó que todo el transporte comercial está exento de la restricción vehicular como se lo ha venido haciendo desde que se inició el ´Hoy Circula’ y ahora con el Hoy no Circula. Dentro de este grupo están el transporte comercial de carga pesada, carga mixta, liviana, taxis, transporte turístico e institucional.

Enfatizó que esta medida no aplica para el sector productivo, del área industrial, turística, de construcción, agropecuaria, exportación de flores y todas sus cadenas conexas; quienes para circular solo tendrán que presentar sus credenciales o el RUC de la empresa.

También están exentas las personas con discapacidad, adultos mayores o quienes tienen enfermedades catastróficas, debidamente justificadas.

Abad informó que se ha reducido el perímetro de aplicación del Hoy no Circula, pues antes era para todo el Distrito Metropolitano y ahora es solo para la zona urbana; así, por ejemplo, en Tumbaco y en todas las parroquias rurales no se aplica.

 

 

Límite (urbano) del ‘Hoy No Circula’

 

 

Salvoconductos

La nueva resolución señala que la emisión de nuevos salvoconductos queda restringida exclusivamente para:

  • Citas médicas: 2 por semana y con caducidad de un día.
  • Transporte aeropuerto: con caducidad de un día Turismo de establecimientos de alojamiento registrados y validados por Quito Turismo; con caducidad máximo 15 días.
  • Traslado de vehículos ‘no nacidos’-sin placa: 1 día, solo concesionarios autorizados y validados por Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador, Aeade; y ensambladoras validadas por la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana, Cinae.

Así también, los salvoconductos emitidos desde el 14 de septiembre hasta el 21 de diciembre de 2020, a personas jurídicas tienen validez desde el 13 de febrero de 2021. Esto para quienes ejerzan actividades económicas del sector productivo que no constan en las excepciones señaladas en el instructivo. Podrán reemplazar el existente, sin generar salvoconductos para más vehículos.

Los salvoconductos emitidos a personas naturales, desde el 14 de septiembre hasta el 21 de diciembre de 2020, quedan sin efecto definitivamente. Las personas naturales con RUC activo, incluyendo las personas con actividades económicas del sector productivo, pueden solicitar nuevos salvoconductos, en un máximo de dos vehículos, a partir del día 13 de febrero del 2021.

Los vehículos que ya cuenten con una cita para la Revisión Técnica Vehicular (RTV) podrán circular el día agendado por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) presentando el comprobante de pago y la cita impresa.

Se mantienen las excepciones para personas de primera línea, profesionales de salud, comunicadores sociales, abogados y personas de la tercera edad, con discapacidades y enfermedades catastróficas.

 

M.G. / AUTO Magazine

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