Procedimiento para adquirir un vehículo exonerado
Sobre el beneficio de los vehículos exonerados:
La compra de un auto exonerado es más fácil de lo que se piensa. Solo se necesita conocer con claridad cómo funciona este beneficio y qué pasos seguir. Para ello, se preparó una guía para acceder a un auto libre de impuestos, con el fin de facilitar el acceso a esta ayuda que permite un ahorro de impuestos aduaneros y tributarios.
Martha Patricia Baca, Gerente de Vehículos Exonerados de Casabaca, explicó que la empresa se enfoca en este segmento, sobre todo para atender a las personas con discapacidad (pues los hay también para diplomáticos y sector público, en casos especiales) y guiarlos en este proceso que puede parecer engorroso. “Gracias a nuestra asesoría, acompañamiento personalizado, opciones de financiamiento y disponibilidad inmediata de vehículos hemos logrado ganarnos la confianza de los clientes, liderando el mercado con el 28% de participación en 2016 y el 29% a octubre de 2017”, señaló.
Antes de conocer el paso a paso, es importante tomar en cuenta algunas consideraciones básicas:
¿Qué se considera un vehículo exonerado?: Se trata de vehículos que se importan al país libres del pago de los siguientes impuestos:
- Arancel: AD Valorem (el porcentaje depende del cilindraje del vehículo).
- Impuesto a los Consumos Especiales (ICE): Es un tributo que se aplica al precio de venta al público (su porcentaje puede ir del 5% al 35%).
- IVA: 12% sobre el precio CIF (costo, flete y seguro) más los impuestos anteriormente mencionados.
¿A quiénes beneficia? A varios grupos de personas:
- Personas con discapacidades
- Diplomáticos
- Sector público
Consideraciones importantes para personas con discapacidad:
- Se podrá importar por una sola vez cada cinco años.
- El vehículo adquirido con exoneración no podrá ser vendido durante cinco años, contados a partir de la fecha de su nacionalización.
- La tenencia de un auto exonerado sólo está permitida para el beneficiario directo y sus familiares, en caso de que la persona discapacitada no pueda conducir por sus propios medios.
Sobre el proceso de adquisición para las personas con discapacidad:
- Las personas con discapacidad pueden beneficiarse de un auto exonerado, tomando en cuenta los siguientes pasos:
- Carné de discapacidad:
Llamar al centro de llamadas del Ministerio de Salud Pública (MSP) al número 171, y:
a. Establecer una cita para obtener el carnet de discapacidad, mencionando el interés en importar un vehículo exonerado.
b. El centro de llamadas designará un centro de salud de acuerdo a la dirección del domicilio del cliente para iniciar los trámites.
c. Llevar certificados médicos de los últimos 6 meses con diagnóstico, tratamiento recibido y todos los respaldos (hospital público o privado).
d, Requisitos: Cédula de ciudadanía o partida de nacimiento en el caso de menores de edad (documentos originales).
- Recalificación (certificado 420):
Llamar al centro de llamadas del MSP, confirmar los documentos requeridos para exonerar un vehículo y enviarlos al siguiente correo electrónico: imb@mspsalud.gob.ec. ¿Cómo se debe enviar el mail?
- Asunto: “Nombres completos, ciudad y provincia”.
- Contenido: “Número de cédula, Solicitud del código respectivo para importar un vehículo, IVO (importación vehículo ortopédico).
- Documentos adjuntos:
- Certificados médicos de un Hospital Público, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas del Ecuador o del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional.
- Información a tomar en cuenta:
- Los certificados tienen una vigencia máxima de 6 meses.
- Se solicita que sus correos NO sean enviados por el servidor de Hotmail/Outlook y no tenga un peso mayor a 9 Mb.
El MSP enviará un código al correo electrónico del cliente, con el cual se debe llamar al centro de llamadas 171 y pedir una cita en el Centro de Salud asignado para la realización de las siguientes valoraciones: médica, psicológica, visita trabajadora social y estudio socio económico.
- La trabajadora social solicitará los siguientes documentos: proforma del vehículo a importar con precio FOB (valor de fábrica), certificados bancarios de los últimos 6 meses y pólizas (en el caso que aplique) y avalúo formal del bien a vender por escrito (en el caso que aplique).
El Centro de Salud envía los resultados de esta valoración a la Dirección Nacional de Discapacidad en el MSP, la cual audita la documentación y envía el código de Certificado 420 al correo electrónico del interesado.
- Resolución exoneración del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE):
- Con el código del certificado 420 se procede a solicitar a SENAE la emisión de la Resolución de Exoneración.
- Cabe destacar que el Certificado 420 tiene validez de un año.
- Los requisitos de SENAE son los siguientes:
- Conducido por persona con discapacidad: Resolución de importación (original), Carné de Discapacidad (2 copias a color), Cédula de Identidad (2 copias a color) y licencia Tipo F (2 copias a color).
- Conducido por una tercera persona: Cédula de identidad, papeleta de votación y licencia de la persona autorizada (copia a color); declaración juramentada a favor de la persona autorizada a manejar el vehículo; en el caso de ser mayor de edad y tener una discapacidad intelectual se necesita una curaduría (juicio de interdicción/aplica hasta cuarto grado de consanguinidad).
- Compra del vehículo: Con el carné, resolución del SENAE, la licencia tipo F (solo en el caso de que la persona con discapacidad maneje el vehículo), cédula de identidad y papeleta de votación; el beneficiario debe acercarse al concesionario para proceder con la compra. Este proceso comprende:
- Firma del contrato de compraventa del auto con la concesionaria.
- Gestionar el crédito (si el cliente lo requiere).
- El vehículo se entrega en 30 días (si se cuenta con stock disponible en el país).
Durante todo este proceso, el representante de la marca debe brindar acompañamiento y asesoría especializados. (Casabaca)